Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública.
No aplica, toda vez que dentro de las atribuciones de este sujeto obligado no se encuentra el de realizar decretos ni expropiaciones por utilidad pública, ello de conformidad con los artículos 5º y 6º, objeto y atribuciones respectivamente, de su Decreto de Creación y a la propia Ley de Expropiación de Bienes Muebles e Inmuebles de Propiedad Privada del Estado de Jalisco; por lo que la información concerniente a esta fracción no se genera por este sujeto obligado.
A continuación, ponemos a su disposición el enlace donde podrá consultar todas las expropiaciones publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, toda vez que la dependencia competente y titular de la información referente a este inciso es la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, tal y como lo establece el artículo 44 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, para lo cual podrá consultar la información en el siguiente enlace:
Periódico Oficial del Estado de Jalisco